Por la gracia de Dios y la autoridad de la Sede Apostólica
Obispo de Bridgeport
DECRETO PARA PARROQUIAS, CUASI-PARROQUIAS Y SANTUARIOS
En el nombre de nuestro Salvador Jesucristo. Amén.
Después de una cuidadosa consideración y análisis en oración de la situación financiera general de la Diócesis, de conformidad con el capítulo 1263 del Código de Derecho Canónico, yo, Monseñor Frank J. Caggiano, quinto Obispo de la Diócesis de Bridgeport, he determinado que la tasación fiscal actual para las instituciones antes mencionadas se modificará de la siguiente manera:


