PARA PUBLICACIÓN INMEDIATA
3 de mayo de 2026
El Reverendísimo Frank J. Caggiano
Por la gracia de Dios y la autoridad de la Sede Apostólica, Obispo de Bridgeport
DECRETO QUE ORDENA LA CREACIÓN DE LA
CONSEJO HISPANO DE MOVIMIENTOS Y COMUNIDADES ECLESIALES
Habiendo considerado las necesidades pastorales de la Diócesis de Bridgeport y deseando fomentar la comunión en la misión, la evangelización, la formación de liderazgo y la colaboración entre los movimientos eclesiales hispanos, las comunidades, los grupos de oración, los grupos apostólicos y los líderes pastorales relacionados; consciente de mi deber de coordinar el apostolado en la Diócesis y de proporcionar estructuras consultivas adecuadas para el discernimiento pastoral; y habiendo revisado los Estatutos revisados del Consejo Hispano de Movimientos y Comunidades Eclesiales de la Diócesis de Bridgeport:
Yo, el Reverendísimo Frank J. Caggiano, Obispo de Bridgeport,
POR LA PRESENTE DECRETO:
- El establecimiento del Consejo Hispano de Movimientos y Comunidades Eclesiales de la Diócesis de Bridgeport como un órgano consultivo diocesano, distinto del Consejo Pastoral Diocesano y distinto de una asociación pública o privada de los fieles.
- Por la presente apruebo a modo de prueba, por un período inicial de tres años, los Estatutos del Consejo Hispano de Movimientos y Comunidades Eclesiales de la Diócesis de Bridgeport, adjuntos al presente o a los que se hace referencia en el mismo, que entrarán en vigor el 1 de junio de 2026.
- Los textos en inglés y español de los Estatutos se aprueban conjuntamente. En caso de duda interpretativa, ambos textos se considerarán oficiales, sujetos a la interpretación del Obispo de Bridgeport.
Al concluir el período ad experimentum, los Estatutos y el funcionamiento del Consejo serán revisados y podrán ser confirmados, modificados o sustituidos por la autoridad competente.
Ordeno que las disposiciones de este decreto tengan efecto firme y estable, a pesar de cualquier disposición en contrario, incluso si es digna de mención especial, y que sean promulgadas mediante su inclusión en el periódico diocesano oficial, The Fairfield County Catholic, entrando en vigor el 3 de mayo,
Además, ordeno que las presentes disposiciones se comuniquen debidamente por vía electrónica y/o por correo ordinario a todos los pastores, administradores o clérigos a cargo de las parroquias diocesanas, cuasiparroquias, santuarios, oratorios y capillas que estén sujetas a estas disposiciones.
Dado que este 3 de mayo de 2026, Quinto Domingo de Pascua en el Centro Católico.
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